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La Asociación de Empresarios Textiles del Sur de Alicante (AETSA) es una asociación de nueva constitución, de ámbito comarcal, sin ánimo de lucro y que se rige por la vigente Ley de Asociaciones. Pretende aglutinar a todas las personas que ejercen funciones "técnicas" en el sector textil/confección, desde la manufactura de fibras hasta la confección de todo tipo de prendas, pasando por la hilatura, cuerdas, redes y trenzados; tintorería, estampación y acabados; diseño y confección; tanto de textiles para la indumentaria como para el hogar y textiles de uso técnico.

Tiene como fines:
    -Fomentar la colaboración entre todos los miembros de la Asociación, promover y dar a conocer a los asociados todo lo que les pueda ser         profesionalmente útil, o de interés para el desarrollo personal en general, y su dedicación al sector textil/confección en particular.
    -Promover la promulgación de normas y disposiciones legales encaminadas a fomentar el desarrollo, investigación y mejora del sector         industrial textil/confección.
    -Representar, promover y defender los intereses de sus miembros ante las Administraciones del Estado, Autonómicas y Locales, y toda clase         de personas, entidades, organismos e instituciones, mediante la realización de todas aquellas actuaciones que se consideren         convenientes, colaborando en todo aquello que le fuere requerido, siempre que no se oponga a sus fines.
        Como actividades se realizarán las siguientes:
    -Intercambio de informaciones, opiniones y experiencias que afecten a sus miembros, cooperando con otras asociaciones en asuntos de         interés común.
    -Realización de estudios en materia de promoción y desarrollo de la actividad textil/confección, la participación en la organización,         promoción y desarrollo de todo tipo de actividades de formación, difusión (ferias, congresos, seminarios, etc.) relacionados con la         actividad sectorial.
    -Creación y mantenimiento de una bolsa de trabajo que sea de interés para los asociados.
    -Cualquier acción no incluida en las anteriores destinada a la consecución de sus fines y, en general, el desarrollo de las funciones que se         consideren necesarias o convenientes para la Asociación o sus miembros.